
En la Resolución N° 44 publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, la Administración Provincial del Seguro de Salud (APROSS) crea un fondo complementario para atender “enfermedades emergentes, tratamientos prolongados, prácticas y tecnologías innovadoras”, que formará parte de un nuevo aporte mensual a cargo de cada uno de los afiliados y beneficiarios.
La creación, según el texto, es debido a la situación económica y financiera imperante en el país de los últimos años, que ha afectado notablemente a todo el esquema de salud pública y privada, lo cual influye notablemente en el incremento constante de los costos de la cobertura de salud.
“Dicha situación no puede ser óbice al cumplimiento y actualización constante de las prestaciones, equipo y servicios de salud que deben recibir la comunidad afiliada del seguro de salud”, dice.
En este contexto, mediante Ley N° 10955, “se facultó al Directorio de esta Administración a constituir un fondo complementario para atender “enfermedades emergentes, tratamientos prolongados, prácticas y tecnologías innovadoras”, que debe nutrirse con un aporte mensual a cargo de cada uno de los afiliados y beneficiarios de la APROSS”.
Según los cálculos efectuados por las áreas pertinentes, “el monto mensual de las prestaciones en cuestión arrojaría un costo promedio por afiliado de Pesos Once mil novecientos treinta ($11.930). En base a ello y atendiendo la delicada situación económica ya reseñada, se estima prudente fijar en este momento el valor del FOSAET en un 40% del monto determinado, equivalente a Pesos Cuatro mil setecientos setenta y dos ($4.772), con la posibilidad de readecuar el mismo según las circunstancias económicas y financieras que se susciten en el futuro”, remarca.
Pero además, con el “fin de garantizar los principios procesales de celeridad y eficacia que rigen a la Administración Pública, resulta menester delegar las atribuciones conferidas a efectos de la actualización del valor de la contribución referida al FOSAET a la Dirección General de Coordinación Operativa, para que, previo informe técnico suscripto por la Dirección de Administración, disponga los incrementos correspondientes”.


Fuente: boletinoficial.cba.gov.ar/